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TU985F. Bono Turístico 2024 #DescubreGaliciaOtoño

Código de procedimiento TU985F. DOG Núm. 125 del 28 de junio de 2024

Con el propósito de incentivar la actividad turística en Galicia de las personas residentes en la Comunidad Autónoma, la Agencia de Turismo de Galicia pone en marcha el programa #DescubreGaliciaenOtoño a través de bonos turísticos de descuento. Se busca, de esta manera, dinamizar el consumo turístico e impulsar la economía y el empleo fuera de temporada alta.

Requisitos de los establecimientos de alojamiento turístico y de las agencias de viajes para la adhesión al programa
  • Los establecimientos de alojamiento turístico de la Comunidad Autónoma de Galicia: establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos, viviendas turísticas y albergues turísticos. (Excepto las viviendas de uso turístico.)
  • Las agencias de viajes que tengan un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia y que desarrollen sus actividades dentro del sector turístico vinculado a Galicia y presten los servicios, actividades o productos vinculados a este programa en la Comunidad Autónoma de Galicia. En ambos casos deberán estar dados de alta en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas (REAT) en el momento de la publicación de esta convocatoria y tener conocimiento del código que se les proporcionó en el momento del alta en dicho registro.
Plazo de presentación de solicitudes 

Hasta el 2 de diciembre de 2024

Procedimiento de adhesión

 Los establecimientos turísticos de alojamiento y las agencias de viajes que deseen adherirse al programa #DescubreGaliciaenOtoño a través de los bonos turísticos deberán registrarse en la web www.bonoturismo.gal indicando la información solicitada. Una empresa que ya estuvo adherida a la campaña Bono turístico del año 2023 debe volver a adherirse, con los datos requeridos, para poder participar en la campaña 2024.

Funcionamiento del bono
  1. El bono turístico tendrá formato digital a través de un código QR, tiene carácter personal e intransferible y exige prepago. Es decir, el bono está cofinanciado entre la persona beneficiaria (que aporta el 60 %) y la Administración (que aporta el 40 %). El importe máximo del bono es de 150 euros, que se podrán consumir entre el 10 de septiembre y el 25 de diciembre de 2024.
  2. Una vez se haya validado que la persona beneficiaria aporta la cofinanciación requerida, esta estará habilitada para la descarga del bono correspondiente. La descarga de los bonos se realizará a partir del 4 de julio a las 09:00 h a través de la web www.bonoturismo.gal y, en ese momento, se entiende concedida la ayuda. Cada persona podrá disponer de hasta dos bonos.
  3. Para canjear los bonos y poder hacer efectivos los descuentos a las personas usuarias, las personas titulares de establecimientos turísticos de alojamiento y de agencias de viajes tendrán que descargar en su móvil la APP bonos turísticos.
  4. En el momento de abonar el gasto correspondiente al alojamiento, las personas titulares de los establecimientos turísticos de alojamiento y de las agencias de viajes tendrán que introducir en la APP el importe y el concepto del gasto, apareciendo automáticamente el importe que se va a cobrar (una vez aplicado el descuento). Por su parte, las personas usuarias deberán mostrar su bono en formato código QR y pagar, en efectivo o con tarjeta, el importe final del gasto realizado.
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