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TR357B, TR357C y TR357D. Programa de ayudas para implantar la igualdad laboral, la conciliación y la responsabilidad social empresarial (RSE)

Códigos de procedimiento: TR357B, TR357C y TR357D

13.02.2025. En la publicación del DOG 21 de la Orden del 26 de diciembre de 2024 se establecen las bases reguladoras del Programa de ayudas para implantar la igualdad laboral, la conciliación y la responsabilidad social empresarial (RSE). 

Plazo de solicitud para todas las líneas 

Hasta el 28 de febrero de 2025

TR357C - Ayudas para la implantación de planes de igualdad (Línea I).
Ayudas e incentivos a pymes, a personas trabajadoras autónomas con personas trabajadoras a
cargo y para implantar la igualdad laboral.

Las empresas solicitantes podrán ser pymes o personas trabajadoras autónomas, que tengan
suscritos contratos con personas trabajadoras por cuenta ajena con domicilio social y centro de
trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, y que estén válidamente constituidas
en el momento de presentar la solicitud de ayudas.

En el caso de la línea I, las empresas deberán contar como mínimo con diez personas
trabajadoras y con un máximo de 49.

A los efectos de determinar el número de personas trabajadoras en la empresa, se atenderá al
número de personas trabajadoras por cuenta ajena en la fecha de la presentación de la solicitud.
Las empresas deberán mantener el número mínimo de personas trabajadoras exigido para cada
línea durante todo el período establecido en el artículo 2. Para la línea I las empresas
beneficiarias no podrán superar el número de 49 personas trabajadoras durante todo el período
establecido en el artículo 2.

Lo dispuesto en esta orden respecto del personal trabajador se entiende aplicable tanto a las
personas trabajadoras por cuenta ajena como a las personas socias trabajadoras de las
cooperativas de trabajo asociado, siempre que estén en el régimen general de la Seguridad
Social.

TR357D - Línea II: Ayudas a la conciliación.
Ayudas e incentivos a pymes, a personas trabajadoras autónomas con personas trabajadoras a
cargo para adoptar medidas de corresponsabilidad y de conciliación de la vida familiar, personal
y laboral, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

  • Sublínea II.1. Incentivos para el fomento del teletrabajo: se incentivará la adopción de acuerdos laborales de teletrabajo.
  • Sublínea II.2. Incentivos para el fomento de la flexibilidad horaria: se incentivará la adopción de acuerdos laborales de flexibilidad horaria.
  • Sublínea II.3. Subvenciones para la adquisición de elementos tecnológicos que posibiliten el teletrabajo.

TR357B - Línea III: Ayudas para las certificaciones de RSE.
Ayudas e incentivos para implantar sistemas de gestión de responsabilidad social empresarial
(RSE), código de procedimiento administrativo (TR357B), en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Galicia.

Se subvencionará la obtención de una certificación o informe de verificación o validación de
códigos de conducta, normas o estándares en materia de responsabilidad social empresarial.
Podrán ser las que se relacionan o equivalentes: Empresa Familiarmente Responsable-EFR
(conciliación); Global Reporting Initiative (GRI); United Nations Global Compact (Pacto Mundial);
ISO 37301; SGE 21; Global Accountability 1000 (AA 1000); EMAS, ISO 14000 (ambiente); ISO
16064; UNE-ISO 21401; ESO 50001; SA 8000, IQNet SR10, BEQUAL (discapacidad), ISO 45001
(seguridad y salud laboral), certificación empresa saludable, y, asimismo, el Sello Horarios
Racionales (SHR).

 

Para todas las líneas será necesario que las entidades solicitantes tengan una tasa de estabilidad
cuando menos del 50 % desde el 1 de enero de 2025 y durante todo el período de ejecución de
las ayudas. Para el cálculo de este porcentaje solo se tendrán en cuenta las personas
trabajadoras con contratos indefinidos a tiempo completo sobre el total de los contratos de las
personas trabajadoras de la empresa.

 

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