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TU985G. Subvenciones a proyectos tractores de hoteles balneario y hoteles talaso de Galicia

DOG Nº 88. Código de procedimiento: TU985G

Plazo de solicitud
18/05/2025 00:00 h - 18/07/2025 23:59 h

Objeto
Establecer las condiciones para la concesión de ayudas destinadas a la puesta en marcha de proyectos tractores que tengan un efecto transformador en el sector turístico, específicamente en establecimientos clasificados como hoteles balneario y hoteles talaso de Galicia. Los objetivos son ampliar la oferta existente de alojamientos turísticos con servicio de balneario o talaso, así como promover un turismo de balnearios y talasos sostenible en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Beneficiarios

  1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas (en adelante, pymes) y las grandes empresas que tengan previsto realizar una inversión para la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia, considerado subvencionable conforme a lo regulado en estas bases. A tal efecto, las personas solicitantes deberán acreditar la categoría de empresa (pequeña, mediana o grande) en el momento de presentar la solicitud de ayuda.

  2. A efectos de estas bases, se considerarán pymes aquellas empresas que cumplan con la definición establecida por la Comisión Europea en el Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014.
    Los requisitos para ser persona beneficiaria deberán cumplirse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Actuaciones subvencionables y cuantías

  1. Será requisito de la actuación subvencionable que el proyecto presentado tenga como finalidad la creación de un nuevo establecimiento de alojamiento turístico con servicio de balneario o talaso, de acuerdo con los artículos 55, 60 y 61 de la Ley 7/2011, de 27 de octubre, del turismo de Galicia, conforme a alguna de las siguientes tipologías:
    – Hoteles balneario.
    – Hoteles talaso.

  2. El establecimiento turístico objeto de la ayuda deberá contar con la declaración de la condición de agua mineral, termal o de manantial en el momento de la presentación de la solicitud. Asimismo, el proyecto deberá incluir circuitos termales en las instalaciones del balneario o talaso y ofrecer servicios y tratamientos relacionados con el uso de aguas mineromedicinales o del mar. Se deberá adjuntar una memoria explicativa del proyecto que detalle los servicios y tratamientos que se ofrecerán, el número de empleados que tendrá la parte de balneario o talaso y sus titulaciones, los horarios de apertura de sus instalaciones y los circuitos que se podrán contratar.

Gasto subvencionable:

a) Línea 1: construcción, reforma o rehabilitación sostenible de edificios y adaptación de infraestructuras o instalaciones para la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico de alojamiento vinculado a un balneario o talaso. Se trata de proyectos de construcción, reforma o rehabilitación sostenible de edificios para nuevos establecimientos turísticos en la categoría de hoteles balneario y hoteles talaso.

b) Línea 2: sistemas de energías renovables y economía circular en el nuevo establecimiento turístico vinculado a un balneario o talaso. Se trata de medidas que contribuyan a la mitigación del cambio climático: mejora de la eficiencia energética en las instalaciones termales.

  1. El importe de la ayuda, en el caso de actuaciones de la línea 1, será el resultado de multiplicar la inversión subvencionable por los siguientes porcentajes de ayuda, según la categoría de empresa:
    – 35 % en el caso de pequeñas empresas.
    – 25 % en el caso de medianas empresas.
    – 15 % en el caso de grandes empresas.

  2. El importe de la ayuda, en el caso de actuaciones de la línea 2, será el resultado de multiplicar la inversión subvencionable por los siguientes porcentajes de ayuda, según la categoría de empresa:
    – 55 % en el caso de pequeñas empresas.
    – 45 % en el caso de medianas empresas.
    – 35 % en el caso de grandes empresas.

El límite máximo de ayuda pública será de 1.000.000,00 euros por proyecto. A estos efectos, se entiende por proyecto la puesta en marcha de un nuevo establecimiento turístico de alojamiento.

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