DOG Nº132 del 13.07.2021.
En cuanto al procedimiento de concesión será directo y hasta que se agote el crédito presupuestario
MODIFICACIONES A DESTACAR
Ampliación del plazo de solicitud
Hasta el 30.09.2021
Programa I de apoyo a las personas trabajadoras autónomas en estimación objetiva (TR600A)
1. Se añaden tres nuevos párrafos al punto 3 del artículo 28 con la siguiente redacción:
«En el caso de préstamos o pólizas de crédito constituidos entre los días 01.03.2020 y 12.03.2021, ambos inclusive, el pago podrá abarcar las cuotas correspondientes al período comprendido entre los días 01.03.2020 y 31.05.2021, ambos inclusive, o, en el supuesto de que el contrato prevea la posibilidad de amortización o cancelación anticipada, el pago podrá abarcar la totalidad de la deuda pendiente derivada del referido préstamo o póliza de crédito.
En el caso de pólizas de crédito constituidas con anterioridad al 1 de marzo de 2020, el pago podrá comprender los importes dispuestos entre los días 1 de marzo de 2020 y 31 de mayo de 2021, ambos inclusive.
Asimismo en el caso de créditos constituidos con anterioridad al 1 de marzo de 2020, el pago podrá comprender, las cuotas pendientes de pago correspondientes al período comprendido entre los días 1 de marzo de 2020 y 31 de mayo de 2021, ambos inclusive».
Programa II de apoyo a las personas trabajadoras autónomas individuales y personas trabajadoras autónomas o empresas con hasta 10 personas trabajadoras o de hasta 25 personas trabajadoras con un volumen de facturación de hasta 2 millones de euros (TR600B)
1. La línea c) del punto 3 del artículo 32 queda redactada de la siguiente manera:
«Los pagos deben estar pendientes el 31 de mayo de 2021 aunque ya estuvieran realizados en la fecha de presentación de la solicitud».
2. Se añaden tres nuevos párrafos al punto 3 del artículo 32 con la siguiente redacción:
«En el caso de préstamos o pólizas de crédito constituidos entre los días 01.03.2020 y 12.03.2021, ambos inclusive, el pago podrá abarcar las cuotas correspondientes al período comprendido entre los días 01.03.2020 y 31.05.2021, ambos inclusive, o, en el supuesto de que el contrato prevea la posibilidad de amortización o cancelación anticipada, el pago podrá abarcar la totalidad de la deuda pendiente derivada del referido préstamo o póliza de crédito.
En el caso de pólizas de crédito constituidas con anterioridad al 1 de marzo de 2020, el pago podrá comprender los importes dispuestos entre los días 1 de marzo de 2020 y 31 de mayo de 2021, ambos inclusive.
Asimismo en el caso de créditos constituidos con anterioridad al 1 de marzo de 2020, el pago podrá comprender, las cuotas pendientes de pago correspondientes al período comprendido entre los días 1 de marzo de 2020 y 31 de mayo de 2021, ambos inclusive».
Programa III de apoyo a las personas trabajadoras autónomas o empresas con más de 10 personas trabajadoras, y con un volumen de facturación de más de 2 millones de euros, o empresas de más de 25 personas trabajadores (TR600C)
1. La línea c) del punto 3 del artículo 36 queda redactada de la siguiente manera:
«Los pagos deben estar pendientes el 31 de mayo de 2021 aunque ya estuvieran realizados en la fecha de presentación de la solicitud».
2. Se añaden tres nuevos párrafos al punto 3 del artículo 36 con la siguiente redacción:
«En el caso de préstamos o pólizas de crédito constituidos entre los días 01.03.2020 y 12.03.2021, ambos inclusive, el pago podrá abarcar las cuotas correspondientes al período comprendido entre los días 01.03.2020 y 31.05.2021, ambos inclusive, o, en el supuesto de que el contrato prevea la posibilidad de amortización o cancelación anticipada, el pago podrá abarcar la totalidad de la deuda pendiente derivada del referido préstamo o póliza de crédito.
En el caso de pólizas de crédito constituidas con anterioridad al 1 de marzo de 2020, el pago podrá comprender los importes dispuestos entre los días 1 de marzo de 2020 y 31 de mayo de 2021, ambos inclusive.
Asimismo en el caso de créditos constituidos con anterioridad al 1 de marzo de 2020, el pago podrá comprender, las cuotas pendientes de pago correspondientes al período comprendido entre los días 1 de marzo de 2020 y 31 de mayo de 2021, ambos inclusive».