TR342C-TR342A. Plan Galicia emplea de incentivos a la contratación
26.07.2021 DOG Nº 141
Corrección de errores publicada el 10 de agosto de 2021
Se convocan las ayudas para favorecer la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria y, especialmente, de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral establecidas por la Consellería de Empleo e Igualdad, con la finalidad de paliar los perjuicios derivados de los efectos de la pandemia provocada por la COVID-19 sobre el mercado de trabajo.
Plazo de solicitud
Hasta el 30.09.2021
Beneficiarios
Empleadoras y empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden.
Las empresas que tengan cincuenta o más personas trabajadoras deberán cumplir el cupo de reserva para personas con discapacidad.
Programa I: Incentivos a la contratación por cuenta ajena y a la formación (código de procedimiento TR342C)
Cuatro tipos de ayudas compatibles
- Incentivos a la contratación indefinida inicial, por medio de la cual se proporcionará una subvención para la contratación indefinida inicial de personas jóvenes, mujeres, personas desempleadas de larga duración y personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.
- Incentivos a la contratación temporal, por medio de la cual se proporcionará una subvención para la contratación temporal de personas jóvenes, mujeres, personas desempleadas de larga duración y personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.
- Incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos solamente en el caso de las personas jóvenes, mujeres y las personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.
- Incentivos a la formación (opcional), dirigido a las personas contratadas mediante contratación indefinida inicial y temporal por medio de esta orden, para llevar a cabo acciones formativas que mejoren sus conocimientos y habilidades relacionados con el puesto de trabajo.
Ámbito de aplicación y contrataciones subvencionables
- A las contrataciones indefinidas iniciales, incluidos los fijos discontinuos, realizadas desde el 1 de octubre de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021, con personas jóvenes, mujeres, personas desempleadas de larga duración y personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social desempleadas según lo establecido en el artículo 5 de esta orden de convocatoria.
- A las contrataciones temporales que se formalicen desde el día 1 de octubre de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021, ambas inclusive, con personas jóvenes, mujeres, personas desempleadas de larga duración y personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social desempleadas según lo establecido en el artículo 5 de esta orden de convocatoria.
Quedan excluidos los contratos para la formación y aprendizaje.
- A las transformaciones de contratos temporales en indefinidos que se formalicen desde el 1 de octubre de 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021, siempre que el contrato temporal objeto de transformación estuviese vigente en el momento de la entrada en vigor de esta orden de convocatoria, realizados con personas jóvenes, mujeres y personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social.
Esta limitación temporal no será de aplicación cuando se trate de transformación en indefinidos de contratos formativos, de relevo o de sustitución por anticipación de la edad de jubilación.
- En el caso de las contrataciones indefinidas iniciales a tiempo parcial realizadas con personas jóvenes, mujeres y personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social, serán subvencionables los incrementos de jornada hasta alcanzar el 100 % de la jornada ordinaria o la establecida en el convenio colectivo de aplicación.
Programa II: Empleo con apoyo (código de procedimiento TR342A)
Consiste en un conjunto de actividades de orientación y acompañamiento individualizado que prestan, en el propio puesto de trabajo, personas preparadoras laborales especializadas a las personas trabajadoras con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social, con especiales dificultades de inserción laboral y que realizan su actividad en empresas, del mercado ordinario de trabajo, en condiciones similares al resto de los trabajadores y trabajadoras que desempeñan puestos de iguales características.
Objeto
- Este programa tiene como objeto subvencionar a las entidades promotoras de proyectos de empleo con apoyo para financiar los costes laborales y de Seguridad Social derivados de la contratación de los preparadores y de las preparadoras laborales que lleven a cabo las acciones de empleo con apoyo.
Se trata de favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad o en situación o riesgo de exclusión social con especiales dificultades para su inserción laboral, favoreciendo su integración en empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia mediante la implementación de acciones de empleo con apoyo.
- Las acciones de empleo con apoyo se desarrollarán en el marco de proyectos de empleo con apoyo, en los cuales se deberán recoger, al menos, las siguientes acciones:
- Orientación, asesoramiento y acompañamiento a la persona trabajadora apoyada elaborando para cada persona trabajadora un programa de adaptación al puesto de trabajo.
- Labores de acercamiento y mutua ayuda entre la persona trabajadora beneficiaria del Programa de empleo con apoyo, el empleador o empleadora y el personal de la empresa que comparta tareas con la persona trabajadora apoyada.
- Apoyo a la persona trabajadora en el desarrollo de habilidades sociales y comunitarias, de modo que se pueda relacionar con el entorno laboral en las mejores condiciones.
- Entrenamiento específico de la persona trabajadora apoyada en las tareas inherentes al puesto de trabajo.
- Seguimiento de la persona trabajadora apoyada y evaluación del proceso de inserción en el puesto de trabajo. Estas acciones tendrán por objeto la detección de necesidades y la prevención de posibles amenazas o riesgos, tanto para la persona trabajadora como para la empresa que la contrata, que pongan en peligro el objetivo de inserción y permanencia en el empleo.
- Asesoramiento e información a la empresa sobre las necesidades y los procesos de adaptación del puesto de trabajo.
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