Medidas específicas en Galicia
14.10.2020. El DOG Núm.207-Bis, del 14 de octubre de 2020, establece una medida de prevención específica como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la covid-19 en Galicia:
- Se adopta de modo temporal, la medida de limitar los grupos para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social en la vía pública, espacios de uso público o espacios privados a un máximo de 10 personas, excepto en el caso de personas convivientes, en que no se aplicará esta limitación.
- Está orden tendrá efecto desde las 00.00 horas del 15 de octubre de 2020.Estas medidas serán objeto de seguimiento y evaluación, en un período no superior a 7 días naturales, desde la publicación de esta orden en el DOG.
- En el caso de celebraciones y eventos en establecimientos de restauración para los días 15, 16, 17 y 18 de octubre que ya estuviesen concertados con carácter previo al día 14 de octubre, no será aplicable esta medida; pero los titulares de los establecimientos deberán comunicar el evento a la jefatura territorial en el mail xefatura.territorial.sanidade.lugo@sergas.es
- Esta medida no afecta a los aforos del local, sólo al número de personas que forman un grupo en la celebración o evento.