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Nuevas medidas que entran hoy en vigor

17.08.2020. Según la modificación del Acuerdo del Consello da Xunta, del 12 de junio de 2020:

1.         En el caso de consumo de tabaco, cigarros electrónicos o cualquier dispositivo de inhalación de tabaco en la vía pública o en espacios al aire libre, incluidas las terrazas, solo se podrá exceptuar el deber de uso de mascarilla, durante el citado consumo y sí se puede garantizar la distancia de 2 metros con otras personas.

 

2.         El consumo dentro del local podrá realizarse en barra o sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, y se deberá asegurar el mantenimiento de la debida distancia de seguridad interpersonal entre clientes, tanto entre los situados en la barra como en las mesas o agrupaciones de mesas.

 

3.         En todo caso, deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia de seguridad interpersonal entre las mesas o agrupación de mesas. La ocupación máxima por mesa o agrupaciones de mesas será de 10 personas siempre que se pueda garantizar la debida distancia interpersonal.

 

4.         Los establecimientos de hostelería y restauración deberán cerrar no más tarde de la una de la madrugada sin que pueda permitirse el acceso de ningún cliente desde las 00.00 horas.

 

5.         El ocio nocturno (discotecas, pubs, cafés-espectáculo, salas de fiesta, así como las salas de conciertos que desarrollen sus actividades de forma análoga a los anteriores) permanecerán cerrados tanto en su interior como las terrazas.

 

Esta orden entra en vigor desde las 00.00 horas del 17 de agosto de 2020.